Actualidad: el nuevo Decreto 200/2022 del Consell por el que se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas

El 7 de diciembre de 2022 se publicó el DECRETO 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas. La norma consagra la preocupación de la Administración Pública por evaluar y mejorar el impacto social y medioambiental de las organizaciones que articulan la sociedad, en particular, la Comunitat Valenciana, así que busca potenciar la Responsabilidad Social Empresarial -RSE- y el compromiso con la sostenibilidad. En este sentido, tiene por objeto la calificación, renovación, homologación y revocación de entidades valencianas socialmente responsables, el establecimiento del registro de entidades y la auditoría social.

El decreto nace con la finalidad de cumplir con la exigencia legal de desarrollar la Ley 18/2018 de 13 de julio de la GVA, para el fomento de la RSE. A su vez, pretende proveer a las diferentes administraciones públicas de herramientas de valoración sustantiva que les permita contar con información homogénea de las entidades adscritas, comprender su evolución en términos de RSE y, contar con un sistema de información que permita evaluar el impacto de las políticas de promoción de la RSE.

La norma trata de lograr un equilibrio entre la revelación de información idiosincrásica respecto de las estrategias y acciones que las entidades emprenden, para asumir su responsabilidad ante la sociedad y la disponibilidad de información normalizada, fiable y comparable, que mida los resultados obtenidos. Esta necesaria diferenciación entre el propósito y orientación de la entidad y el desempeño resultante, se plasma en este decreto a través de la exigencia de tres requisitos: la memoria de sostenibilidad, el informe de verificación y un desempeño mínimo que se mide a partir de un sistema de indicadores que se ha propuesto, conforme la autoevaluación numérica que presenten. Los requisitos serán indispensables para que las entidades sean reconocidas como socialmente responsables, con las salvedades que se expondrán.

Los trámites por tanto se reducen a una solicitud telemática acompañada de memoria, informe de auditoría de verificación y autoevaluación, un informe que revisa la información recibida, la propuesta redactada y aprobada por la comisión mixta que se crea al efecto, y la resolución definitiva, que lleva aparejada, de ser estimatoria, la inscripción de la entidad en el Registro de Entidades Valencianas Socialmente Responsables (REVSR).

Lo que el decreto busca:

  • La norma mantiene la necesaria especificidad de la información volcada en la memoria de sostenibilidad, que debe proporcionar una imagen completa y fiel del modo en que cada entidad evalúa los riesgos soportados, los generados por impacto de su actividad, las políticas y líneas de acción que se han implementado o se van a implementar y los resultados derivados de su ejecución.
  • Se fomenta la verificación razonable de la información revelada en las memorias de sostenibilidad por parte de terceros cualificados.
  • Exige que las entidades midan su desempeño en materia de sostenibilidad en base a un sistema de indicadores que proporciona información neutral y comparable. Dicho sistema de medida permite establecer unos niveles de desempeño mínimos para que las entidades puedan ser inscritas en el

A destacar:

  • Aplicación: será aplicable a empresas, incluyendo las cooperativas y entidades de economía social, entidades, organizaciones públicas y privadas, y trabajadores y trabajadoras autónomas, que cuenten con centros de trabajo, oficinas o establecimientos en el territorio de la Comunitat Valenciana.
  • Las entidades valencianas socialmente responsables, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, deberán haber adoptado en su gobierno, gestión y en su estrategia empresarial o institucional la integración voluntaria de principios y valores socialmente responsables. Dichos principios se corresponden con los aspectos éticos, sociales y laborales, medioambientales y de I+D+i, previstos en la Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat.
  • Contenido de la memoria de responsabilidad social: debe recoger sistemáticamente resultados analíticos y debe seguir estos criterios y valores: a) Ser transparente y veraz, b) Incluir opiniones de grupos de interés, c) Ser verificable, completa, relevante y adecuada al contexto organizacional de la entidad, d) Ser precisa, neutral, comparable y clara. La memoria deberá acompañarse de un informe de la auditoría social y de una autoevaluación.
  • Para las entidades de menos de 50 personas trabajadoras, bastará con la presentación de la autoevaluación, que se transformará en la memoria de responsabilidad social.
  • Calificación: para la obtención de esta calificación será necesario que la entidad alcance las puntuaciones mínimas establecidas en el decreto, que se determinan para cada uno de los aspectos éticos, sociales y laborales, medioambientales y de I+D+i; puntuación que responderá al Sistema de Indicadores para el Registro de entidades valencianas socialmente responsables, que trae el decreto en el anexo II.
  • Complementariamente, si la entidad quisiere realizar un cumplimiento voluntario adicional a los aspectos mencionados, podrán aportar en su memoria y en la autoevaluación cualquier otro factor o mérito que pueda ser valorado en el marco de la responsabilidad social empresarial, con una puntuación extraordinaria de hasta un máximo del 10% sobre la puntuación máxima total.
  • El REVSR constará de 3 secciones:
    • Sección 1ª) Donde deberán inscribirse las administraciones públicas, universidades y el resto de los organismos y entidades pertenecientes al sector público, así como las organizaciones, corporaciones de Derecho público, asociaciones privadas y entidades de la economía social.
    • Sección 2ª) En ella se inscribirán las empresas con más de 50 personas en plantilla.
    • Sección 3ª) En la cual se deberán inscribir las trabajadoras y trabajadores autónomos y las empresas con hasta 50 personas en plantilla.
  • Este Registro se deberá renovar bienalmente con una nueva memoria de responsabilidad social, un informe de la auditoría social y la autoevaluación realizada conforme el sistema de indicadores vigente, so pena de cancelación de la inscripción.
  • Las declaraciones de otras Comunidades Autónomas, de la Administración General del Estado o por otros Estados u organizaciones internacionales, y, de las empresas que den cumplimiento a la Ley 11/2018, en materia de información no financiera y diversidad, podrán solicitar su homologación ante la Generalitat Valenciana y dará lugar a los beneficios para el fomento de la responsabilidad social descritos.

Beneficios

La calificación como entidad socialmente responsable o calificación similar, traerá los siguientes beneficios:

  • En materia de contratación pública: se considerará un criterio de desempate en la adjudicación, o bien ser la empresa que haya puesto en marcha el mayor número de iniciativas en el ámbito de la responsabilidad social corporativa.
  • En materia de concesión de ayudas públicas y subvenciones: serán un criterio de valoración o ponderación en su otorgamiento, así como la realización de prácticas de RSE.
  • Exhibición de sellos o distintivo: dará el derecho de usar y publicitar en todas las relaciones de la entidad el distintivo que las acredite como socialmente responsables.
  • Beneficios fiscales: el decreto prevé que la normativa autonómica encargada de regular los tributos podrá establecer dichos beneficios, pero aun no ha sido concretado.
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